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Accidentes con especies cinegéticas

Reforma de la Ley de Tráfico 2014

A partir del 9 de mayo de 2014 los cazadores no serán, por defecto, los únicos responsables de los accidentes de tráfico con especies cinegéticas.

Esta reforma hace muchos años que el colectivo cazador la reclamando a las autoridades competentes, ya que casi todos los accidentes de tráfico que se producían en las carreteras debido a un choque con una especie cinegética (animal de caza) hacían responsable a la sociedad de cazadores del término donde se producía el accidente, sin tener en cuenta si el animal había sido presionado a salir a la carretera debido a una acción de caza.

Ahora sólo harán responsable a las sociedades de cazadores si el accidente es consecuencia directa de una acción de caza mayor.

Así lo dice el texto:

“Atropello de especies cinegéticas: En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas con carácter general, la responsabilidad será del conductor del vehículo. Cuando el atropello del animal sea consecuencia directa de una acción de caza mayor, el responsable será el propietario del terreno y si es por falta de reparación del vallado o de la señalización, el responsable será el titular de la vía donde se haya producido el atropello.”

DGT


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