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Comentarios sobre la nueva "orden" de vedas

Alex Cuadros y Andreu - Sant Celoni - 12/10/2018

Comentarios sobre la nueva "orden" de vedas.

RESOLUCIÓN ARP / 663/2018, de 4 de abril, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los periodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2018 a 2019 en todo el territorio de Cataluña (Resolución de 4 de abril, publicada en el BOE núm. 85, de 7 de abril).

El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural publica anualmente una norma en la que se fijan los períodos hábiles de caza en todo el territorio de Cataluña y las vedas especiales que se establecen para cada temporada. Las vedas son los periodos en los que está prohibida la caza.

Esta norma indica las especies que pueden ser objeto de caza y aquellas que, por sus especiales condiciones y estado de población, son consideradas temporalmente vedadas.

La previsión de especies que cada año se pueden cazar del anexo 1 de la Orden de 1999, quedan reflejadas en este acto administrativo, previa valoración de la viabilidad y la tendencia poblacional de estas, teniendo en cuenta el efecto de la presión cinegética y amenazas que puedan surgir de carácter biológico y / o sanitario.

Se mantienen las especies que se podían cazar durante la temporada 2017-2018

Como se mantienen los mismos índice de población, con tendencia a la estabilidad y aumento dependiendo de la especie. Es importante destacar la evolución y la favorable expansión de las siete especies de ungulados salvajes (jabalí, rebeco, isard, corzo, ciervo, gamo y muflón), como resultado de la adaptación de las poblaciones de estas especies a los hábitats y los ecosistemas presentes en el territorio, que están promoviendo una buena reproducción y cría de fauna silvestre en Cataluña. Cabe señalar para esta temporada la aparición de dos enfermedades que están cerca y con gran expansión: la peste porcina africana, en Europa Central y mixomatosis en liebre Ibérica en el resto de la península (por el momento, Central y del Sur).

En cuanto a los períodos hábiles de caza menor se fijan y regulan en general según la fenología de las especies. Específicamente para las especies de aves, evitar períodos anidación, reproducción y crianza, que en Cataluña, debido a la ubicación geográfica y típico terreno, se da durante los meses de primavera y comienzo del verano. Por lo tanto se reduce el período de caza de estas especies en otoño e invierno (desde el segundo domingo de octubre hasta el primer domingo de febrero) y posteriormente adaptar el número de días según la abundancia de cada especie para regular la presión de caza apropiada.

En cuanto a la próxima temporada 2018-2019 encontramos:

1.- CAZA MENOR

Ya ha terminado la media veda. La torcaz se mantiene estable o al alza, según la demarcación, la codorniz y la tórtola se mantienen estables, con números más bajos que hace 15-20 años. Otras especies: palomas, estornino negro, la garza, gaviota reidora, gaviota patiamarilla y zorro, siguen estables. Recordemos que para la tórtola turca hay que solicitar una autorización excepcional.

El mes de octubre es en el que se abren la gran mayoría de especies, entre las que destacamos la perdiz roja, el conejo y la liebre. Hay que parar atención porque este año se abre el día 14 de octubre, Siendo el día 12 (viernes) NO HÁBIL.

Prestamos atención a que en las zonas libres, El jueves ha desaparecido, siendo los días hábiles los domingos y festivos NO locales (Cetrería también son hábiles jueves y sábados), y que el cupo es de dos piezas por conjunto de liebre, perdiz y becada.

También se mantiene para esta temporada el periodo hábil de caza para el zorro, Que se amplía respecto al periodo general para las especies de caza menor (concretamente durante todo el mes de septiembre, todo el mes de febrero y hasta el último domingo de marzo), con el fin de promover y facilitar la caza de esta abundante y generalista especie, haciéndolo coincidir con el periodo hábil del jabalí y poder cazar durante las batidas tradicionales de jabalí que se organizan en Cataluña. Con esta propuesta se quiere seguir fomentando el control de las abundantes poblaciones de jabalí y al mismo tiempo abrir la posibilidad de hacerlo coincidir con el aprovechamiento del zorro.

Asimismo, se mantiene el periodo para cazar la focha común y las torcaces en pasos tradicionales y desde puestos fijos en las comarcas de Tarragona y Tierras del Ebro, tal y como se hace en otros lugares de la Península (Etxalar, Navarra, en el caso de los torcaces) y Francia. Concretamente las torcaces se pueden cazar hasta el 30 de noviembre en determinadas APC (Áreas Privadas de Caza) motivado por los cuantiosos daños que generan en la provincia, en especial en el Camp de Tarragona.

Fechas de interés: La caza menor termina el domingo 3 de febrero, pero la perdiz roja termina el día 6 de enero de 2019. Otras especies de caza muy minoritaria, con fechas que hay que conocer son la perdiz pardilla que termina el 23 de diciembre de 2018, la focha común el 24 de febrero (básicamente en el Delta del Ebro) y la avefría el 20 de enero. En las Tierras del Ebro la caza delánade y la agachadiza común termina el primer domingo de marzo (día 3). En determinadas comarcas de Lleida (Garrigues, el Pla d'Urgell, el Segrià y el Urgell) el conejo acaba el dia 21 d’abril de 2019.

PREVISIONES TEMPORADA DE CAZA MENOR 2018-2019

La perdiz roja ha criado bien como regla general, después de unos malos años, ayudada por las lluvias en primavera, y sobre todo, en verano, que ha hecho disminuir las consecuencias negativas de determinados productos químicos (abuso de pesticidas, herbicidas, insecticidas , ...) y ha aumentado la cobertura vegetal (refugio y comida, tanto vegetal como insectos). Como siempre hemos dicho una mejora de su hábitat ayuda a recuperar sus poblaciones.

La perdiz pardilla, En cambio, no le ha ido tan bien (con algunas excepciones) pues las nevadas tardías a primavera hicieron retrasar la cría y las granizadas han hecho perder muchas primeras polladas.

El conejo también crió bastante bien en zonas donde ha estado ausente estos últimos años, aún así a finales de septiembre se ha visto un nuevo rebrote de la mixomatosis que puede hacer peligrar este aumento controlado.

La liebre continúa su recuperación desde hace unos años, aunque se mantiene estable dentro de esta tendencia al alza.

La previsión para las migratorias es buena, también debido a la lluvia y, en el caso de los túrdidos, a las buenas producciones de uva y la recuperación del olivo. En cuanto a las anátidas y limícolas (agachadiza, becada) la previsión también es buena, se espera que empiece a entrar el frío durante este mes de octubre (por tanto, con los primeros emigrantes) y que se queden debido a que tanto bosques como lagunas tienen un estado óptimo para pasar el invierno.

2.- CAZA MAYOR

Los períodos hábiles de caza mayor se regulan según la fenología y biología de cada especie de ungulado, por la posibilidad de acceso al medio por parte de los cazadores, por los ciclos naturales de crecimiento de los cuernos (cérvidos) y por la modalidad de caza (batida y rececho).

Jabalí, muflón, gamo y corzo se comenzaron a cazar en batida a partir del día 2 de septiembre. Atención, pues el corzo termina el último domingo de octubre (día 28) en vez de noviembre, dado que los machos más viejos ya pierden la cuerna.

El ciervo a partir del día 14 de octubre ya se pueden cazar también en batida, y ambos sexos.

Las especies de alta montaña, cabra hispánica y isard, Comienzan también el segundo domingo de octubre, día 14. Recordemos que sólo se pueden cazar en la modalidad de rececho y que hay que llevar encima el precinto del DARP y el carnet de socio de la APC (o pase de día). Para estas especies los días hábiles son los que indique el correspondiente Plan Técnico de Gestión Cinegética (PTGC), mientras que para todas las demás son todos los días de la semana.

Recordemos que, para la caza mayor, en los terrenos libres:

  1. Menores de 25 hectáreas, La caza está prohibida, como regla general.
  2. En los mayores de 25 hectáreas y hasta 200, También se prohíbe la caza mayor, excepto los titulares de las APC (cotos) limítrofes, que pueden cazar todos los días.
  3. En los mayores de 200 hectáreas sólo se puede cazar jabalí, gamo y muflón, SÓLO los domingos y festivos.
  4. Se permite la caza de venado y corzo en los libres cuando se hagan por parte de las APCs limítrofes, con colocación de paradas puntuales (mejor cierre de la zona a batir) y con precintos.

Por otra parte en las zonas libres incluidas en Espacios Naturales de Protección Especial (como podría ser terrenos incluidos en un parque natural) y en reservas naturales de fauna salvaje (RNFS) la caza está prohibida, pero se puede autorizar previa solicitud a los servicios Territoriales Correspondientes.

OTROS ASPECTOS:

1.- Repoblaciones y liberaciones: Recordemos que desde el año pasado para hacer cualquier tipo de repoblación o liberación hay que:

  1. Estar autorizado en el PTGC correspondiente
  2. Tener la autorización de los Servicios Territoriales (SSTT) para hacer la repoblación / liberación. Esta se debe pedir con una antelación mínima de 20 días a la fecha prevista para repoblar / liberar.
  3. Una vez se tenga la autorización, hay que comunicar con una antelación mínima de 48 horas, mediante formulario web, especificando el terreno cinegético, el lugar, fecha y hora de encuentro y las especies a repoblar y / o liberar.
  4. Una vez terminada la temporada hay, además comunicar el número de ejemplares capturados así como los repoblados y / o liberados en el área de caza, mediante el formulario web de estadísticas del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación.

Hay que tener en cuenta asimismo que la repoblación y liberación de conejo es prohibido en Lleida, Tarragona y Tierras del Ebro, con algunas excepciones, como las translocaciones dentro de la misma área de caza, por lo que hay que pedir una autorización excepcional a los SSTT.

También se prohíbe la repoblación con codorniz japonesa y sus híbridos, y del faisán (Este último sólo se permite en zonas donde hubiera repoblado antes del 2007).

2.- Los cupo de becada son de 3 en APC por cazador y día, 2 en los libres por cazador y día. De perdiz pardilla es de 2 por cazador y día, prohibido en los libres.

3.- Para la perdiz pardilla, hay un carné de capturas obligatorio, y para la becada voluntario, excepto en aquellas APC (cotos), RNC y ZCC (la gran mayoría) que su normativa interna establezca la obligatoriedad del carné becada.

4.- Está prohibido cebar los jabalíes, aunque se puede pedir autorización excepcional.

5.- Las áreas de caza menor y los intensivos podrán cazar el jabalí y el corzo siempre y cuando su PTGC lo prevea.

6.- Se autoriza la caza de los cerdos vietnamitas y sus híbridos, por tratarse de una especie exótica invasora a erradicar del medio natural.

7.- Los precintos de corzo este año han sido repartidos, también, por las Federaciones de Caza, Agrupaciones y otros representantes de APCs. Habrá que tener en cuenta este funcionamiento para las batidas y los recechos de próximas temporadas.

8.- En las batidas de caza mayor se configura la figura del jefe de cuadrilla como nuevo interlocutor con la Administración. Hay una nueva tablilla para cerrar los caminos en el que hay un espacio para colocar la autorización del Ayuntamiento. NOVEDAD: Es obligatoria, además, la armilla (O prenda similar) reflectante, no siendo suficiente la gorra.

9.- Recordar también que la recogida de cartuchos, incorpora la modificación para recogerlos "inmediatamente".

Nota. La lectura del presente resumen es a título meramente informativo, para resolver sus dudas puede consultar la Resolución ARP / 663/2018, de 4 de abril o bien enviar la consulta a CINEGETICAT cinegeticat@cinegeticat.cat


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