Señalización de áreas de caza
La señalización de los terrenos cinegéticos se hace mediante dos tipos de señales, las de primer orden y las de segundo orden. Colocadas sobre cualquier material que garantice su conservación, rigidez y entra 1,5 y 2,5 m de altura. Está regulado por las siguientes resoluciones:
- 25 de enero de 1983
- 28 de de noviembre de 1983
- 31 de enero de 1986
- 15 de febrero de 1990
Las placas de señal de primer orden se ubicarán en todos los accesos y lugares intermedios que sea necesario y como máximo cada 600m.
Hay que poner que se vean entre ellas cada 100m como máximo.
En general: no se deben clavar en los árboles ni se deben pintar las piedras.
Para las batidas de caza mayor, es obligatorio señalizar los accesos con la siguiente placa: