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emergencia Cinegética

El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural ha aprobado el procedimiento para declarar zonas deemergencia cinegética en aquellas zonas de Cataluña donde se produzca una sobreabundancia de especies cinegéticas.

Con el objetivo de evitar daños a la agricultura, los terrenos forestales, la ganadería, las especies protegidas o la caza, los Directores de los Servicios Territoriales deben declarar la emergencia cinegética cuando:

– se detecte una abundancia de jabalíes de 8 jabalíes/Km2
– se detecte una densidad media invernal de 50 conejos/Km2
– por el resto de especies, cuando haya un número de solicitudes de autorizaciones excepcionales por años superior a 10, de forma ininterrumpida en los últimos tres años.

Fuente: Gencat. Departamento de Agricultura Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural


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