Albert Bores – Lleida – 12/08/2026
La media veda 2026-2027 comienza el 20 de agosto: calendario, especies y principales novedades
La media veda 2026-2027 tiene ya calendario. La primera jornada llegará el 20 de agosto a Lleida y en las comarcas del Solsonès y la Cerdanya, mientras que en el resto de Cataluña la actividad empezará el 23 de agosto.
La temporada está marcada por un calendario diferenciado según el territorio, así como por unas condiciones específicas para cada una de las especies autorizadas.
La normativa queda establecida por la Resolución ARP/2305/2026, de 6 de julio, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los períodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2026-2027 en toda Cataluña.
Importante: la media veda sólo puede practicarse en los terrenos cinegéticos de régimen especial que tengan esta posibilidad prevista y aprobada en su Plan técnico de gestión cinegética (PTGC).
📅 Cuando empieza la media veda?
El calendario no es igual en toda Cataluña.
Lleida, Solsonès y Cerdanya
En Lleida y en las comarcas del Solsonès y la Cerdanya, para la codorniz, la paloma torcaz, la urraca y el estornino vulgar, serán días hábiles:
Todos los jueves, sábados, domingos y festivos comprendidos entre el 20 de agosto y el 10 de septiembre de 2026, ambos inclusive.
Por tanto, estas comarcas son las primeras en abrir la media veda, con una ventana temporal más amplia que el resto del territorio catalán.
Resto de Cataluña
En el resto de Cataluña, los días hábiles para estas especies serán:
- 23 de agosto
- 30 de agosto
- 6 de septiembre
- 13 de septiembre
Es decir, cuatro jornadas concretas repartidas entre finales de agosto y principios de septiembre.
🐦 ¿Qué especies se pueden cazar durante la media veda?
La Resolución establece distintos regímenes según la especie.
Las principales especies objeto de aprovechamiento durante este período son:
- Codorniz (Coturnix coturnix)
- Torcaz (Columba palumbus)
- Urraca común (Pica pica)
- Estornino pinto (Sturnus vulgaris)
- Paloma bravía (Columba livia), incluidas las variedades domésticas e híbridos
- Tórtora eurasiática (Streptopelia turtur), con un régimen específico de gestión adaptativa
Sin embargo, no todas estas especies comparten los mismos días hábiles.
La codorniz: máximo de 15 ejemplares por cazador y día
Una de las especies más esperadas de la media veda es la codorniz, especialmente en las zonas tradicionalmente favorables a esta migradora estival.
La normativa establece un límite máximo de 15 ejemplares de codorniz por cazador/a y día.
Este tope debe respetarse independientemente del número de jornadas hábiles que tenga autorizadas cada territorio.
La paloma torcaz, la urraca y el estornino siguen el calendario general
La paloma torcaz, la urraca y el estornino vulgar comparten el calendario establecido para la mayor parte de Cataluña.
En Lleida, Solsonès y Cerdanya, se podrán cazar los jueves, sábados, domingos y festivos entre el 20 de agosto y el 10 de septiembre.
En el resto de Cataluña, las jornadas serán el 23 y 30 de agosto y el 6 y 13 de septiembre.
La paloma bravía tiene un calendario diferenciado
La paloma bravía (Columba livia), incluidas las variedades domésticas y los híbridos, dispone de un régimen específico.
En toda Cataluña
Los días hábiles serán:
6 y 13 de septiembre de 2026.
En Lleida, Solsonès y Cerdanya
En estos territorios, se podrá cazar los siguientes:
jueves, sábados, domingos y festivos comprendidos entre el 3 y el 10 de septiembre, ambos inclusive.
Por tanto, antes de salir a cazar es especialmente importante comprobar qué calendario corresponde al territorio donde se desarrollará la actividad.
La tórtola eurasiática, sometida a gestión adaptativa
La tórtola eurasiática (Streptopelia turtur) es uno de los casos más particulares de la media veda.
Esta temporada los días hábiles son:
23 y 30 de agosto de 2026.
Sin embargo, no se trata de una autorización general para toda Cataluña.
La caza de la tórtola queda vinculada al Plan de gestión adaptativa de la tórtola eurasiática de Cataluña para la temporada 2026-2027 y sólo se puede practicar en las áreas de caza autorizadas y de acuerdo con las condiciones establecidas en este plan.
Por este motivo, los cazadores deben comprobar previamente que su área de caza está incluida entre las autorizadas y cuáles son las condiciones específicas aplicables.
⚠️ Atención al riesgo de incendio
La media veda coincide con una época del año especialmente sensible en lo que se refiere al riesgo de incendios forestales.
La Resolución establece que queda prohibida la caza en los municipios afectados por la activación del nivel de peligro extremo por riesgo de incendios forestales.
Esta restricción puede afectar directamente a una jornada que inicialmente figurase como hábil en el calendario.
Antes de salir al campo, es necesario comprobar siempre la situación del municipio y las posibles restricciones vigentes.
🚫 No se puede cazar en cualquier terreno
Uno de los aspectos más importantes de la normativa es que el calendario general no autoriza automáticamente la caza en cualquier sitio.
La media veda se aplica a los terrenos cinegéticos de régimen especial que tengan aprobado en su plan técnico de gestión cinegética el aprovechamiento de las especies correspondientes.
Esto significa que, antes de iniciar la jornada, el cazador debe comprobar:
- Que se encuentra dentro de un área de caza autorizada.
- Que el PTGC permite el aprovechamiento durante la media veda.
- Qué especies están autorizadas.
- Qué días son hábiles en esa zona.
- Si existen restricciones territoriales o temporales adicionales.
- Que no existe ninguna prohibición derivada del riesgo de incendio.
🧹 Los cartuchos y las vainas deben recogerse
La normativa también hace hincapié en la responsabilidad ambiental durante la actividad cinegética.
Es obligatoria la recogida de las vainas y cartuchos de munición utilizados durante la jornada de caza, independientemente de la modalidad practicada.
Por tanto, los residuos generados durante la jornada no pueden quedar abandonados en el terreno.
Es una obligación sencilla pero fundamental para mantener los espacios cinegéticos limpios y compatibles con la conservación del medio natural.
Una media veda con más atención al detalle
La temporada 2026-2027 llega, pues, con una media veda territorialmente diferenciada y con diversas particularidades que hacen especialmente importante consultar la normativa antes de cada salida.
El 20 de agosto será el pistoletazo de salida en Lleida, Solsonès y Cerdanya, mientras que el resto de Catalunya tendrá que esperar hasta el 23 de agosto.
La codorniz sigue siendo una de las grandes protagonistas, pero con un máximo de 15 capturas por cazador y día. La paloma bravía dispone de un calendario propio y la tórtola eurasiática queda bajo el sistema de gestión adaptativa y limitada a las áreas autorizadas.
A todo esto hay que añadir las posibles restricciones por riesgo de incendio y la obligación de respetar las condiciones del PTGC de cada área de caza.
Antes de salir a cazar, recuerda:
✔ Comprueba el calendario que corresponde a tu territorio.
✔ Consulta que el PTGC del área de caza permite la media veda.
✔ Revisa las especies autorizadas.
✔ Respeta el límite de 15 codornices por cazador/a y día.
✔ En el caso de la tórtola, comprueba que el área está autorizada.
✔ Consulta el nivel de riesgo de incendio antes de cada jornada.
✔ Recoge todos los cartuchos y vainas utilizados.
Antes de salir a cazar, asegúrate de tener toda la documentación en vigor: licencia de caza, seguro, carnet de socio, permiso de armas y la documentación de los perros (chip identificativo y censo).
Cinegeticat recomienda consultar siempre el texto íntegro de la Resolución ARP/2305/2026 y las condiciones específicas de cada área de caza antes de iniciar la actividad cinegética.
Fuente
Resolución ARP/2305/2026, de 6 de julio, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los períodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2026-2027 en toda Cataluña.
DOGC – Ordre de Vedes 2026-2027.
Consulta la Resolució de Vedes 2026-2027 en PDF