La Pluma del Pintor

Publicado el Decreto que regula la carne de caza

Alex Cuadros y Andreu - Sant Celoni - 01/10/2019

Otro proyecto en materia cinegética que ve la luz: el nuevo Decreto que regula la recogida, el transporte, el acondicionamiento y la comercialización de carne silvestre destinada al consumo.

El Departamento de agricultura, ganadería, pesca y alimentación comenzó a trabajar en el proyecto en 2011, tomando como referencia la legislación europea (y el margen de maniobra que le dio), así como la experiencia y comparándolo con otras comunidades autónomas. Ha habido altibajos, en la que una parte del mismo sector se negó a su regulación. Pero finalmente, tenemos un primer Reglamento (aunque sea mejorable) que permitirá comercializar con seguridad y salubridad esta carne ecológica, sostenible y que conserva la biodiversidad al mismo tiempo que puede generar negocio (también a nivel local, uno de los puntos fuertes del Decreto) para cazadores (especialmente personas formadas con la capacitación del Reglamento) por mayoristas, venta por menor (carnicería, embutidos, restauradores...), guardas, veterinarios y, facilitando la recogida y exportación de excedentes ( en Cataluña se superaron los 60.000 jabalíes cazados en la pasada temporada, a parte de ciervos, corzos, gamos ,etcétera.). También permitirá la venta de especies comercializables de caza menor como la perdiz roja, el ánade real, la liebre, los conejos, palomas y faisanes y ayudará a castigar la venta de especies NO comerciales como la becada. También toman singular importancia los controles de la triquina, patología que está aumentando el número de positivos en los últimos años.

Otro de los objetivos del Decreto, desde su creación, es fomentar la captura de jabalíes. En este sentido, además de ofrecer una salida a la carne de este suido, se complementa con una extensión del período de caza desde septiembre a marzo, todos los días de la semana y un sistema rápido y flexible de la prevención de daños mediante comunicación (por teléfono o vía web) en lugar de un permiso (que requería un procedimiento de 1 a 3 semanas para actuar en caso de daños).

Ahora falta que el sector privado se ponga las pilas y se establezcan interesantes colaboraciones entre el sector público y el privado tanto en el ámbito de Administración autonómica como de Diputaciones y ayuntamientos, como por ejemplo el del Montseny.

El Decreto

Como hemos dicho, el Gobierno ha aprobado un nuevo decreto que regula los requisitos a que se somete la caza y la manipulación de carne de caza destinada a consumo humano. Elaborado conjuntamente por el Departamento de agricultura, ganadería, pesca y alimentación y el Departamento de salud, se da cumplimientos a la normativa europea sobre higiene de los alimentos. El objetivo principal es facilitar la comercialización de carne de caza con el fin de mejorar el recurso cinegético y establecer los circuitos y las medidas necesarias para garantizar la máxima seguridad alimentaria y sanidad animal.

Este Decreto está en consonancia con el plan de prevención de los daños y los riesgos originados por la fauna cinegética promovido por el Departamento de agricultura, ganadería, pesca y alimentación, que implementa un plan de acción para equilibrar el ecosistema y controlar las sobrepoblaciones de ciertas especies. El Decreto es una de las medidas que implican mejoras al marco jurídico y se ha acordado previamente con los sectores involucrados. Aparte de regular la comercialización de la carne de caza, destinado a mejorar el recurso cinegético para extraer más rendimiento y contribuir a la promoción de la actividad económica vinculada a la gastronomía y en el territorio.

El Decreto también apunta a consolidar y organizar las tareas que ya hacían los cazadores para que su actuación se simplifique y sea más segura para ellos y para los consumidores de la carne de caza. Se trata de extender las medidas de inspección y controlar las piezas de caza silvestre para garantizar la seguridad de los consumidores y conocer el estado sanitario de las especies silvestres, debido a sus implicaciones con las mascotas y la actividad ganadera. Con la aprobación de este decreto, el gobierno planea reforzar los controles sanitarios para garantizar la seguridad de los alimentos procedentes de las piezas de caza silvestre. Es decir, que se fijan las condiciones que deben cumplir los puntos logísticos de recolección de las piezas de caza y carne de caza y los establecimientos de manipulación.

Un nuevo circuito que mejora la trazabilidad

El Decreto establece el circuito y las condiciones que deben seguir las piezas de caza desde el lugar de captura hasta el establecimiento de manipulación de carne con plena garantía de los requisitos de higiene y seguridad alimentarias y de sanidad animal

Las piezas de caza silvestre destinadas a la comercialización deberán transportarse enteras, en el menor tiempo posible, desde el sitio de captura hasta un punto logístico de recogida de animales de caza o hasta el establecimiento de manipulación de la caza. De esta manera se evitará la presencia de despojos en el entorno natural, que puede favorecer o incrementar determinadas enfermedades en animales domésticos o salvajes.

Según recoge la nueva normativa, los puntos logísticos de caza deben garantizar la presencia de una persona con formación en materia de sanidad e higiene e incluir los registros y la trazabilidad individual de cada pieza de caza silvestre. Además, también fija las condiciones del traslado a los establecimientos de manipulación de caza.

En cuanto a los establecimientos de manipulación de caza quedan regulados todos los requisitos relativos a la higiene de los productos alimenticios determinados por la normativa europea, y se regulan también los llamados establecimientos de manipulación de caza de producción limitada, por los que se adaptan los requisitos de construcción, diseño y equipamiento.

Medidas de prevención y control de la triquina

La nueva legislación establece medidas de prevención y control de la triquina en relación con el consumo domestico/privado de la carne de caza. La carne de jabalí, destinadas al consumo doméstico privado debe someterse a un control analítico previo para garantizar la ausencia de triquinas. Está previsto que se lleve a cabo acciones para la difusión de buenas prácticas en cuanto a la recogida y condicionamiento de piezas de caza silvestre destinadas al consumo doméstico privado. También se harán recomendaciones de educación sanitaria para garantizar la seguridad alimentaria de la carne de animales silvestres.

El hecho de que todas las piezas de caza pasen a partir de ahora por los puntos logísticos o por los establecimientos de manipulación de caza representa un refuerzo en el muestreo de la vigilancia sanitaria de la fauna salvaje.

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